¿Qué violaciones graves a los derechos humanos investigamos?

Existen diversos instrumentos de derechos humanos en el sistema internacional y en el sistema interamericano que identifican determinadas violaciones a derechos humanos como graves. Sin embargo, para fines de la investigación que estamos realizando, el MEH prevé la investigación de aquellas que se enlistan y exponen a continuación, sin que éstas sean limitativas, o que la investigación se abocará única y exclusivamente a ellas:

¿Qué es la desaparición forzada?

Privación de la libertad a una o más personas, cualquiera que fuera su forma, cometida por agentes del Estado o por  personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la  aquiescencia del Estado, seguida de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre el paradero de la  persona.

¿Qué es la desaparición forzada transitoria?

Se produce cuando una persona es objeto de desaparición forzada, pero tiempo después es puesta a disposición de la autoridad judicial o, en su caso, recupera su libertad. Una persona es desaparecida o sobreviviente de desaparición forzada en aquellos casos en los que ha sufrido cualquier forma de privación de la libertad por agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúen con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, y quienes no fueran puestas a disposición de un juez en un lapso de tres días.

¿Qué es una ejecución extrajudicial, sumaria o arbitraria?

Se produce cuando una autoridad priva arbitraria o deliberadamente de la vida a una persona en circunstancias que no corresponden al uso legítimo de la fuerza. Un elemento fundamental que determina la constitución de esta violación a derechos humanos es que deben ser agentes del Estado o por  personas o grupos de personas que actúen con la autorización, el apoyo o la  aquiescencia del Estado. 

¿Qué so las masacres?

Ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias de tres o más personas.

¿Qué es el exilio?

Es una migración forzada o expatriación que implica cruzar las fronteras  nacionales ante un evento de violencia estatal dirigido y personal o en un contexto de violencias estatales más difusas que incluyen acciones de amedrentamiento, persecución, privación de la libertad, cercenamiento de las libertades civiles, etc. 

¿Qué es la tortura?

Todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero, información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o  coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier  tipo de discriminación, o cualquier otro fin, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia.

¿Qué son los desplazamientos forzados internos?

El acto por el cual una persona o un grupo de personas se han visto forzadas u obligadas a escapar o huir de su hogar o de su lugar de residencia habitual como resultado o para evitar los efectos, de un conflicto armado, de situaciones de violencia generalizada, de violaciones de los derechos humanos o de catástrofes naturales o provocadas por el ser humano. El desplazamiento interno se enmarca dentro de las fronteras del Estado mexicano y puede considerar desplazamientos dentro de una localidad, municipio o entidad federativa.

¿Qué es una detención arbitraria?

La privación de la libertad es arbitraria si el caso está comprendido en alguna de las siguientes categorías: 

a) Cuando es evidentemente imposible invocar base legal alguna que justifique la privación de la libertad, como mantener a una persona en detención o prisión tras haber cumplido la pena; 

b) Cuando la privación de libertad resulta del ejercicio de derechos o libertades, tales como: el derecho a la  igualdad; el derecho a la circulación y elección de residencia; el derecho a buscar  asilo en caso de persecución; el derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; libertad de manifestación; de creencias, y de enseñanza; el derecho a la libertad de opinión y expresión; derecho a la libertad de reunión y asociación pacífica; y el derecho a la participación en asuntos públicos y en el gobierno directa o indirectamente; e igualdad y protección ante la ley; derecho de minorías étnicas, religiosas o lingüísticas, a la vida, cultura, profesión y práctica propia de la religión, y emplear su propio idioma; 

c) Cuando la inobservancia, total o parcial, de las normas internacionales relativas al derecho a un juicio imparcial es de una  gravedad tal que confiere a la privación de la libertad un carácter arbitrario.  

¿Qué es la prisión por motivos políticos?

Toda persona privada de su libertad, sujeta a proceso, es considerada presa política cuando la detención ha sido impuesta en violación de la libertad de  pensamiento, de conciencia y de religión, libertad de expresión o de información, libertad de reunión y de asociación

Se consideran las siguientes razones:

a) Si la detención ha sido impuesta por razones puramente políticas sin conexión de cualquier delito;
 
b)Si por motivos políticos la duración o las condiciones de la detención están fuera de proporción con el delito por el cual la persona ha sido declarada culpable o presunta culpable;
 
c) Si por motivos políticos la persona es detenida en forma discriminatoria;

d) Si la detención es resultado de procedimientos que fueran injustos y parezca estar relacionados con motivos políticos de autoridades.

Violencia sexual

Son actos de naturaleza sexual perpetrados por agentes del Estado o por individuos o grupos de individuos que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia de agentes del Estado en contra de mujeres, hombres, niñas o niños o personas con identidades y expresiones de género no normativas, controlar o expresar la dominación sobre individuos y comunidades, reforzar roles de género socialmente asignados y castigar la transgresión de los mismos.

¿Qué es la tortura sexual?

Son actos de violencia sexual cometidos contra una persona, por agentes del Estado o por individuos o grupos de individuos que actúen con la autorización, el apoyo o la aquiescencia de agentes del Estado y que causen sufrimiento o lesiones graves de forma física o mental con el fin de obtener de ella o de un tercero, información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras.

¿Qué es la ocupación militar de territorios?

Actos en poblaciones civiles, carreteras, campos de cultivo, entre otros lugares, por parte de miembros de fuerzas armadas, en el marco de la ejecución de planes, operaciones u operativos militares contra disidencias. Dicha ocupación puede ejecutarse como parte de una acción militar destinada a localizar, neutralizar, capturar, destruir o aniquilar a un presunto enemigo; o bien, como parte de medidas contra la población civil, para el control de la población, el control de abastecimientos, y de infiltración o inteligencia, para buscar información y detectar presencia de disidencias.

¿Qué so las violaciones contra las niñas, niños y adolescentes?

Cualquiera de éstas u otras violaciones a los derechos humanos que vulneren los derechos de la niñez y la adolescencia serán analizados con este enfoque transversal.

Genocidio

Cualquier acto perpetrado con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial, religioso como tal. Entre estos actos se consideran: la matanza de miembros del grupo; lesiones graves a la integridad física o mental de los miembros del grupo; sometimiento intencional del grupo a condiciones de vida que hayan de acarrear su destrucción física total o parcial; imposición de medidas destinadas a impedir los nacimientos dentro del grupo; traslado por la fuerza de niños de un grupo a otro grupo.

¿Qué personas fueron vulneradas en sus derechos en este periodo?

Disidencias político-partidistas

Militantes y simpatizantes de organizaciones político-partidistas -con o sin registro electoral- enfrentaron durante el siglo XX mexicano un sistema autoritario basado en la hegemonía de un partido. Su actividad cívica les valió Violaciones Graves a Derechos Humanos (VVGGDDHH), lo cual no detuvo su lucha por la ampliación de las libertades y el ejercicio de diversas formas de democracia. 

Periodistas

Entre 1965 y 1990, decenas de periodistas en todo el país fueron víctimas de Violaciones Graves a Derechos Humanos, incluyendo detención arbitraria, desaparición forzada y desaparición forzada transitoria, exilio, tortura y ejecución extrajudicial. Estas violaciones y otras agresiones cometidas por agentes no estatales, están relacionadas con su ejercicio periodístico. 

En el marco de la implementación de estrategias con las que se buscó gestionar/eliminar a disidencias sexo-genéricas

El Mecanismo de Esclarecimiento Histórico (MEH) está investigando las violencias y violaciones graves a derechos humanos que fueron cometidas contra la población de las disidencias sexo-genéricas. Entendemos a las disidencias sexo-genéricas como “el ser sexo-diverso que se aparta de la versión hegemónica de la sexualidad reproductiva” [1] y se opone a la heterosexualidad, al machismo y al sexismo, así como a los estereotipos implantados a través de las instituciones como la familia, la iglesia y el Estado. 

En contextos de cacicazgo y control territorial en regiones rurales en el marco de las estrategias de contrainsurgencia

Se investigan las violaciones graves a los derechos humanos perpetradas en el marco de la implementación de estrategias para asegurar el control territorial de regiones rurales habitadas por comunidades campesinas, indígenas y afromexicanas, señaladas por las agencias de seguridad del Estado mexicano como parte de las zonas de influencia de organizaciones político-militares durante el periodo de 1965 a 1978.

En el marco de la implementación de estrategias con las que se buscó gestionar/eliminar organizaciones y movilizaciones urbano-populares disidentes

Durante las décadas de 1950 y 1960, la población de las ciudades aumentó exponencialmente. En correspondencia, las necesidades de vivienda se incrementaron y los precios de alquiler y adquisición de inmuebles y lotes no concordaban con los salarios de los nuevos pobladores. En aquel marco, los asentamientos irregulares y disputas por los territorios fueron constantes. Desde finales de 1960 y durante las décadas de 1970 y 1980, los pobladores de los nacientes asentamientos se organizaron, formando agrupaciones vecinales que no tardaron mucho tiempo en extenderse en los niveles regional y nacional. Para el Estado, este movimiento representó un peligro para la gobernabilidad por lo que líderes sociales e integrantes de organizaciones urbano-populares fueron víctimas de violaciones a sus derechos humanos.

En el marco de la implementación de estrategias para la ejecución de políticas públicas económicas modernizadoras

Este tipo de programas de desarrollo económico se caracterizan por no atacar las raíces de la desigualdad en el país. Por lo tanto, se identifica que persisten los problemas agrarios, sobre todo el acaparamiento de tierras o medios de producción. No garantizan un acceso igualitario a los recursos financieros y naturales, por lo que profundizan la inequidad en la distribución de los excedentes del proceso productivo. Al mismo tiempo, dejan una estela de deterioro ambiental por políticas productivas o de aprovechamiento que no consideran la conservación de la biodiversidad. Las personas que integran organizaciones en defensa de un sistema agrario y de producción, así como del cuidado del ambiente han sido víctimas de violaciones a sus derechos humanos.

Disidencias Laborales y Sindicales

Durante el periodo de 1965 a 1990, se perpetraron diversas violaciones graves a los Derechos Humanos en los ámbitos laborales. Tales violencias se insertaron en un ambiente de hostilidad recurrente hacia las y los trabajadores; respondieron a una lógica sistemática de represión en la que los actores privados y líderes sindicales actuaron con el beneplácito, la protección y la omisión de quienes ostentaban posiciones de poder dentro de la burocracia gubernamental. 

Los terrenos sindicales y obreros fueron sitios de confrontación recurrente y espacios de disputa.  La oposición a la lógica corporativa y la imposición de líderes poco representativos para los intereses de la clase trabajadora desde finales de 1940, marcaron el tono de las demandas. Esta situación se incrementó y diversificó durante las décadas de los 60 y 70, incentivando respuestas autoritarias por parte del gobierno, que en muchos casos, derivaron en violaciones graves a derechos humanos de las y los trabajadores, personas simpatizantes de la causa y sociedad en general.

Movimientos estudiantiles

Desde inicios de la segunda mitad del siglo XX la movilización de estudiantes en México se fue intensificando en el contexto de su articulación con otras expresiones de protesta que durante esos años encabezaron sectores de trabajadores petroleros, ferrocarrileros, médicos, docentes, mineros,  jornaleros agrícolas, entre otros, en demanda de mejores condiciones de trabajo y autonomía sindical. Y también como respuesta a la violencia con la que actuó el Estado mexicano como medida para desarticularlos y mermar su organización política. 

En 1960, la movilización estudiantil alcanzó su mayor intensidad con demandas centradas en la democratización de las formas de gobierno en las universidades públicas, el reconocimiento de derechos políticos y civiles, la transformación política del régimen y el fin de la represión de la que constantemente eran objeto los estudiantes por parte de los diferentes cuerpos policiacos y de seguridad del Estado mexicano.

La movilización estudiantil y la represión en contra de los estudiantes se registró en diversas universidades e instituciones educativas del país como Michoacán (1963-1966), Durango (1966), Sinaloa (1966, 1972 y 1981), Sonora (1967), Chihuahua (1967 y 1983) Tabasco (1968), Oaxaca (1968), Monterrey (1969), Puebla (1972, 1973), Querétaro, Chiapas (1982) y Tamaulipas (1968). Incluyendo a la política en contra del normalismo rural, que en el sexenio de Gustavo Díaz Ordáz, cerró más de la mitad de sus escuelas. 

En el marco de la implementación de estrategias para eliminar Organizaciones Político Militares (OPM)

Entre las disidencias que fueron objeto de la violencia de Estado, se encuentran las Organizaciones Político Militares (OPM). Las OPM son agrupaciones o movimientos políticos que entre sus estrategias utilizan la lucha armada en respuesta al Estado autoritario que cerró los espacios de transformación política, social y económica del país. Las OPM:

a) fueron resultado de un proceso de radicalización política en sus contextos locales, regionales y a nivel nacional, es decir, organizaciones que en el proceso de represión y violencia estatal que enfrentaron transitaron desde los canales de participación civil y pacífica hacia el uso de las armas como mecanismos de transformación de las injusticias que padecían; 

b) que compartían un horizonte revolucionario de transformación social, con miras de justicia social, de respeto a la vida y de participación de esas grandes mayorías en la toma de decisiones, esto es, sujetos políticos que desafiaban el orden social, político, económico y cultural, que era detentado y defendido por el Estado por diversos medios, particularmente violentos; 

c) son conformadas por jóvenes y adultos, de diversos géneros y diversos estratos sociales, del campo y la ciudad, de comunidades indígenas y afrodescendientes, campesin@s y obrer@s. 

Las OPM se nutren de tradiciones políticas diversas, de historias de resistencia y trayectorias de lucha enraizadas en la historia de México y de América Latina con diferentes generaciones que confluyen en una de las vertientes de la lucha popular y social del siglo XX mexicano.

Redes de Apoyo contra la Represión y para la defensa de los Derechos Humanos

Las redes de apoyo contra la represión y para la defensa de los derechos humanos son personas, frentes, colectivos y organizaciones que tuvieron condiciones culturales y sociales para luchar (muchos continúan luchando) tanto por la visibilización y denuncia de los crímenes cometidos por el Estado, como por la exigencia de justicia, verdad, presentación con vida de las personas desaparecidas, liberación de presos políticos, reparación del daño y cese de la impunidad.

El objetivo principal de estas redes fue detener y denunciar la violencia ejercida por parte del Estado contra los actores sociales que integraban la oposición o disidencia al orden establecido, como las organizaciones estudiantiles, políticas o armadas, así como la búsqueda del ejercicio pleno de la defensa de los derechos humanos.

En 2023, dos líneas de acción son fundamentales

Comparte tu testimonio

Es una convocatoria abierta durante todo 2023, dirigida a personas de todas las entidades de la República Mexicana y en el extranjero. Nuestros equipos de trabajo acudirán a tomar los testimonios a las entidades o lugares en donde sobrevivientes, víctimas y sus familiares, testigos o personas involucradas en algunos de los hechos que deseen ofrecerlo para el esclarecimiento de la verdad. Así mismo, está abierta la posibilidad de tomar los testimonios vía remota. 

Diálogos por la Verdad

Son espacios en donde sobrevivientes, víctimas, sus familiares, así como testigos ofrecen públicamente sus testimonios ante las personas comisionadas y la opinión pública, en un acto solemne y de construcción social de la verdad.